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El Plus Vestuario debe cotizar

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Mensaje por Biutre Jue Ago 02, 2012 12:03 am

Cotización del plus de Vestuario falta COMUNICADO de la empresa Securitas, Prosegur ya lo esta aplicando

"Con motivo de las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 20/12, de 13 de julio de medidas urgentes, a partir del 15/07/12, el plus de vestuario que se abona a la plantilla conforme a lo establecido en el art. 78 del Convenio Colectivo, pasará a cotizar conforme a lo establecido en las disposiciones de Seguridad Social aplicables."

¿Que Significa?

Los pluses de Vestuario y transporte hasta la llegada de este Real Decreto (el mismo que deja sin paga de navidad a los funcionarios), no cotizaban a la seguridad social, es lo que en el convenio colectivo se denominan suplidos. A partir de ahora si lo hara el plus de Vestuario, formando parte de la base de cotización por contingencias generales. Por lo que se veran incrementadas nuestras cotizaciones en un futuro a la hora de desempleo, jubilación o enfermedad.

¿Repercute en nuestras nominas?

Si, al cotizar, habra que aplicarle los descuentos de Seguridad Social (4,70%), Desempleo (1,55%) y Formación (0,10 %). A los 77,09 euros que cobramos por este concepto habra que descontar un 6,35 % por la suma de los descuentos antes mencionados, que antes no pagabamos.

¿Como afecta a la empresa?

Al ser cotizable las empresas deberan abonar por esta cotización alrededor de un 30%, de estas cantidades. Aportando más dinero por parte de las empresa a las arcas de la seguridad social.

https://www.facebook.com/groups/119465451469380/permalink/337688809647042/
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Mensaje por Biutre Jue Oct 11, 2012 10:48 am

Cotización del Plus de Vestuario


Cotización del Plus de Vestuario, es decir
73,42€ menos para el Vigilante de Seguridad.

Desde el pasado día 15 de julio de 2.012 el plus de vestuario tiene una nueva cotización con motivos del nuevo decretazo del Gobierno de Rajoy.

Modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 20/12, de 13 de julio de medidas urgentes, a partir del 15/07/12, el plus de vestuario que se abona a la plantilla conforme a lo establecido en el art. 78 del Convenio Colectivo, pasará a cotizar conforme a lo establecido en las disposiciones de Seguridad Social aplicables."

Antes el Plus de Vestuario y no cotizaba a la seguridad social, pero tras el Real Decreto (el mismo que deja sin paga de navidad a los funcionarios).
A partir de ahora si lo hará el plus de Vestuario, formara parte de la base de cotización por contingencias generales. Esperemos que esto sirva para incrementar nuestras cotizaciones en un futuro a la hora de desempleo, jubilación o enfermedad.

En nuestras nóminas el Plus de Vestuario tendrá los siguientes descuentos

1. Seguridad Social (4,70%).
2. Desempleo (1,55%).
3. Formación (0,10 %).

Es decir 73,42€ menos al año las empresa también tendrán que pagar.

Al ser cotizable las empresas deberán abonar por esta cotización alrededor de un 23%, aunque después de muchas de las bonificaciones que tiene algunas empresas solo pagaran alrededor de un 9%.

Sin duda, esto le aportara más dinero a las arcas de la Seguridad Social.

http://ccoo-securitas-barcelona.blogspot.com.es/2012/08/cotizacion-del-plus-de-vestuario.html
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Mensaje por PARAGUASS Miér Oct 30, 2013 12:12 am

hola compañeros, me han comentado y ahí viene mi pregunta que el plus de vestuario hay que tenerlo en cuenta para hacer el calculo de la hora extra, o sea que además del salario base,la antigüedad,el plus peligrosidad abria que añadir el vestuario ¿es verdad? Gracias

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Mensaje por Biutre Dom Nov 03, 2013 5:15 pm

uenas.
Que yo sepa, el plus vestuario no lo calculan para las hoas extras, solo que tú comentavas: salario base, antigüedad, peligrosidad y creo que ya está.
De todas formas, miraré, por si caso eso que has oido por parte de alguna empresa o en general (que estaría bien)
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